Tenga conocimiento de las principales modificaciones al Reglamento para la Atención del Cliente y Usuario las cuales fueron aprobadas mediante la Resolución ASFI No. 804/2013, difundidas mediante Circular ASFI 208 de 5/12/13 e incorporadas en el Libro Cuarto, Titulo I, Capitulo I de la Recopilación de Normas para Servicios Financieros, esto en cumplimiento a lo establecido en la Ley No. 393 de Servicios Financieros, las principales modificaciones se describen a continuación:
1. Se modifica la denominación del “Reglamento de Atención de Clientes y Usuarios” a “Reglamento de Protección del Consumidor de Servicios Financieros”, adecuándose su objeto para incorporar los mecanismos de protección a los derechos de los consumidores financieros.
2. Se implementa el “Código de Conducta” que debe ser aplicado de forma obligatoria por las Entidades Financieras, así como el Anexo 4 de dicho Código.
3. Se precisan los siguientes aspectos de la Sección 4 “Punto de Reclamo” referidas a: a) actualización de la información de los funcionarios encargados del punto de reclamo, b) obligación de la entidad financiera de que la documentación relacionado con procesos administrativos o judiciales permanezca en la misma, c) respuesta emitida en forma expresa, d) prohibición de cobros por la atención de reclamos, e) incorporación de la facultad de la Defensoría del Consumidor Financiero
4. Se modifica la denominación de la sección 5 “Funcionamiento de la Central de Reclamos ASFI” por “Defensoría del Consumidor Financiero” en la cual se norma el funcionamiento, atribuciones, funciones y procedimientos para la atención de reclamos en segunda instancia.
5. Se implementa el modulo “Central de Información de Reclamos y Sanciones” el cual permitirá el redireccionamiento de los reclamos en primera instancia presentados por los consumidores financieros directamente a ASFI.
6. Se incorpora la Sección 6 relacionada a “Educación Financiera”, así como la Sección 7 “Otras disposiciones” y la Sección 9 “Disposiciones Transitorias” la cual incluye los artículos de infracciones y régimen de sanciones, así como el plazo a las entidades financieras para la implementación del código de conducta y la incorporación en sus páginas web para que los consumidores financieros presenten sus reclamos en primera instancia.
7. Se establece el Reglamento para el Envió de Información a la ASFI el que incorpora la obligatoriedad de las entidades financieras de remitir de forma anual el Plan Educación Financiera.